Bolsonaro, les cuento a quienes no siguen las noticias de allá, en estos días se le están acumulando pruebas de que él y uno de sus principales asesores, un militar de apellido Cid, habían montado un esquema para hacer guita vendiendo en el exterior relojes Rolex, Patek P., joyas de regalo que le hacían gobiernos extranjeros (el más comentado: Arabia Saudita, del cual uno solo de los kits de regalos valían 5.1 millones de reales, un palo verde) los regalos se los hacían al viajar a esos países. Esos regalos se hacen con motivo de ser gobernante del pais visitante, no al tipo como persona, por lo cual es facil inferir que clase de mamarracho es para enriquecerse gracias a su paso por un cargo público.
No le alcanzó con vivir durante dos décadas en la política del país sin casi presentar un proyecto que sirva, que también metió en cargos de la política a 3 de sus 4 hijos, que hacía figurar como "asesores" hasta a su ex mujer, etc. Sobre el tema asesores uno de sus hijos estuvo por ser juzgado por cobrarle una parte del sueldo a sus "asesores", esquema llamado "rachadinha".
Aparte esta siendo investigado por fomentar el golpe con invasión a los predios en Brasilia diseminando fake news, lo increíble fue la explicación que dió: "mandé (fake news), cual es el problema?"
Y otra investigación que es llevada a cabo es sobre el pago a un hacker, que ya fue condenado a 20 años, para intervenir en las maquinas de votación de las últimas elecciones.
Tomar de ejemplo a este lacra, vaya a saber a quien se le puede ocurrir.
Dejo aqui para que se conozca como debería actuar nuestro país:
Régimen de obsequios y viajes de funcionarios públicos. Preguntas frecuentes
¿Pueden recibir obsequios los funcionarios públicos?
Como principio general, los funcionarios públicos no pueden recibir regalos, obsequios o donaciones, sean cosas, servicios o bienes, con motivo o en ocasión del desempeño de sus funciones.
Para saber si un obsequio queda alcanzado por este régimen, el funcionario deberá preguntarse si le harían ese regalo aunque no trabajara en la Administración Pública. Si la respuesta es negativa, el regalo deberá cumplir con las pautas aquí indicadas.
¿Existe alguna excepción?
Sí. Se pueden aceptar obsequios cuando sean:
cortesía (manifestación de respeto o afecto con motivo de un acontecimiento en el cual resulta usual efectuarla);
costumbre diplomática (reconocimientos protocolares de gobiernos, organismos internacionales o entidades sin fines de lucro).
¿Qué se debe hacer con los obsequios que sí se pueden recibir?
Se deben incorporar al patrimonio del Estado los obsequios cuyo valor supere los $32.000 (4 módulos conforme Art. 28 Decreto 1030/16) o que sean representativos del vínculo con el Estado u organismo que los haya entregado (por ejemplo: una placa con el nombre del organismo que entrega el obsequio y el que lo recibe).