Esta todo respondido, volvé a leer.
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Volví a leer y no esta respondido, si uno hace consultoria contratado en capital (Una empresa registrada en capital) pero físicamente labura en un cliente de provincia de Buenos Aires, se supone que la empresa que lo tiene contratado debería adherir al paro, pero la empresa donde se labura físicamente no.
Lo remarco para que no garquen a nadie con avivadas de este estilo y que le liquiden el dia como feriado, Indonesia, China, Mongolia son interesantes ejemplos que dudo que apliquen a alguien de acá.
Besitos.