Te lo pregunto sin chicana, de verdad me interesa tu "opinión legal":
Yo tengo una 9mm, entra un chorro a mi casa, yo no se si tiene una 45, una 22 de juguete o un destornillador, pienso en la seguridad de mi familia y de una le pego un tiro en el pecho.
Como puedo saber yo, que me siento atacado y mi familia esta en riesgo, que en ese momento la adrenalina y los nervios me llevan al limite, si estoy utilizando el medio menos lesivo para evitar el delito???
Ariel, la cuestión cambia radicalmente si el ladrón tiene un arma de juguete o un arma de verdad y sobretodo cambia en lo que vos te representes.
Actuarás en legítima defensa siempre y cuando la agresión del maleante a vos o a un tercero (la legítima defensa es válida para terceros)
sea inminente, actual o subsistente (inminente: le estan apuntando a alguien de tu familia. Todavía no hay disparo, no hay daño al bien jurídico tutelado. Subsistente: están golpeando a alguien de tu familia. El bien jurídico ya comenzó a dañarse). El requisito de "medio menos lesivo" implica que, en caso que vos puedas elegir, tendrás que optar por el medio que causa el menor daño posible. Por ejemplo: tenes un cuchillo y un arma, ambos disponibles y utilizas el arma. La cuestión se circunscribe a cada caso concreto, no pueden establecerse parámetros objetivos. Por ejemplo: A es un excelente cazador, sabe como dominar el cuchillo y en qué lugar provocar una puntada mortal. En cambio, de armas no sabe nada. En ese caso es dudoso establecer que el cuchillo sea el medio menos lesivo.
La cuestión de la elección del medio menos lesivo debe decidirse en el momento en que el bien jurídico que vos pretendes defender corra peligro. No podes darte el lujo de decirle al ladrón: "bancame que voy a buscar un cuchillo porque es el medio menos lesivo". Imaginate la situación que me planteas, en el mismo lugar tenes un palo de golf y un cuchillo, a la misma distancia. En ese caso es claro que tenes que optar por el palo de golf. Ese es un poco el foco de la cuestión.
Imaginemos ahora que el ladrón tenía un arma de juguete o no tenía armas o, es más, ni siquiera te iba a robar. Era un grupo de amigos que se decidió a hacerte una joda (estudie un caso asi). En ese caso, NO existiría una circunstancia OBJETIVA (en el mundo real) que justifique tu legítima defensa. Sin embargo, EN TU REPRESENTACIÓN (en tu cabeza) si existe. Vos no sabías que eran tus amigos, vos te representaste que te iban a robar y actuaste convencido de que actuabas en legítima defensa. En ese caso, la doctrina mayoritaria argentina te condenaría por homicidio (o lesiones, depende lo que le causes al falso ladrón). Suena rídiculo desde todo punto de vista. Por eso dije antes que es preferible focalizarse en el disvalor de acción, no en el disvalor de resultado. El disvalor de resultado, en este caso, está presente. El resultado es disvalioso. Sin embargo, tu acción no es disvaliosa porque según tu representación (que, para mi teoría, es lo único que importa) vos actuabas en legítima defensa.
El tema es apasionante realmente. Espero haberte aclarado un poco