El 31/03 venció para el que tenía retenciones en sueldo.
Si te retuvieron 10 en sueldo, y por las percepciones tenes 15, el empleador te devuelve 10 en el recibo de Abril, y las otras 5 las tenes que pedir por los canales normales.
Si no presentaste el siradig al 31/03, también podes pedir la devolución por los canales normales.
Pero como las DDJJ del 2020 vencen en Junio, todavía no vas a poder iniciar la solicitud.
Para los responsables inscriptos, directamente las toman en la DDJJ.
Para los monotributistas, no hay límite temporal para pedir la devolución, aunque los intereses corren desde la aprobación formal de la solicitud, así que mientras no lo pidas, más se te licúa y sin intereses.
Por lo general, cuando haces la solicitud ya te figuran las percepciones, sino están reclama al banco porque después sería un quilombo si no están informadas, y va a tardar mucho más.
Si son del 2021, recién el año que viene se van a poder pedir.
Por el momento, las de los monotributistas están todas paradas.
Imagino que tiene que ver que hasta que no venza bienes personales, AFIP no podría saber si vas a tener que presentar la DDJJ, y en ese caso deberías imputar las percepciones a la DDJJ.