Un aplauso, se lo tiene merecido.
Que ridiculez matar a alguien en esas circunstancias, siendo 13 contra 2. Cobardes y cagones, deberian ir en cana por exceso en la legitima defensa. El que se salvo, en cana por robo consumado.y
y
Vos sos chorro no?
Aplicar correctamente el Derecho Penal es ser chorro? Sos un ridiculo.Muy bien aplicado no esta porque eso no es un robo consumado.
Muy bien aplicado no esta porque eso no es un robo consumado.
Que ridiculez matar a alguien en esas circunstancias, siendo 13 contra 2. Cobardes y cagones, deberian ir en cana por exceso en la legitima defensa. El que se salvo, en cana por robo consumado.
La nota dice que hubo una discusión. Que tenían que discutir los chorros?? Para colmo que entras a afanar discutis??!!
Quien pude pensar racionalmente con gente metida en la casa??
Te entiendo y robar me parece tan repudiable como a vos, no estoy justificando a nadie, ni soy chorro. Uno de los requisitos fundamentales de la legitima defensa es utilizar el medio menos lesivo para evitar el delito, te parece que este es el medio menos lesivo? Es claramente un exceso y eso es lo que marco.
Te puedo llenar cien paginas explicandote porque se le podría aplicar la pena equivalente al tipo consumado, basandome en autores y doctrina alemana pero es demasiado. Te recomiendo repasar con más detalle toda la teoría del delito y sus alcances.Que fue lo que robo y en que momento hubo apoderamiento o desplazamiento de la esfera de custodia ?
Que fue lo que robo y en que momento hubo apoderamiento o desplazamiento de la esfera de custodia ?
Perfecto, el "apoderamiento" como tal no es nada, el "animo de apoderamiento" es un elemento subjetivo distinto del dolo, el cual no voy a tratar ahora. Indudablemente, el robo propiamente dicho no se consuma ya que no se quita la cosa total o parcialmente ajena de la esfera de custodia, en este caso, la casa. Estamos ante un caso de comienzo de ejecución + dolo, el cual no tiene resultado, lo cual nos arroja la fórmula de la tentativa. La tentativa es desistida pero, obviamente, el desistimiento no es válido ya que no fue voluntario, sino que responde a una circunstancia exterior no dominada por el sujeto. Entonces, adoptando una teoría del delito netamente subjetivista circunscripta al disvalor de acción, el desistimiento inválido tiene como resultado la misma pena que el tipo consumado. Aclaro que mi postura es totalmente minoritaria, sobretodo en el Derecho Penal Argentino donde el resultado adquiere un valor predominante y es decisivo hasta para determinar el dolo del sujeto (un autentico desastre).Te estas basando totalmente en tu postura la cual yo también comparto pero no se aplica, ni aplicó nunca acá . la cosa nunca salió de la esfera de custodia, nunca hubo apoderamiento es IMPOSIBLE q eso termine siendo penado como un robo consumado conforme nuestra legislación y jurisprudencia.
Te estas basando totalmente en tu postura la cual yo también comparto pero no se aplica, ni aplicó nunca acá . la cosa nunca salió de la esfera de custodia, nunca hubo apoderamiento es IMPOSIBLE q eso termine siendo penado como un robo consumado conforme nuestra legislación y jurisprudencia.
Pobre pibe QEPD
Enviado desde SAN JUSTO ES DEL CICLON
Es la gran tristeza que tengo. Confío en que un día se aplique, no puedo creer la importancia que le dan al resultado. Como te dije antes, muchos fundan el dolo en el hecho de "tener el muerto ahi". Es increible. Donde estudiaste Derecho?En eso si coincido, claramente es muy difícil que se termine penando por robo. Estoy estudiando en la UNLZ (Lomas de Zamora) vos ?
En eso si coincido, claramente es muy difícil que se termine penando por robo. Estoy estudiando en la UNLZ (Lomas de Zamora) vos ?
Si el "pobre pibe" hubiera matado a alguien dirías lo mismo?Por supuesto
Un voto menos.
Ayer otro "pobre pibe" mató a otro de 21 años, pero esos no importan.
Por supuestosiii pobre CHORRO, pobrecito :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
No me alegro por la muerte de nadie
Vota al que creas mas conveniente a tus creencias
Yo creo en Dios y tambien en las leyes
Y gracias a Dios en este pais evolucionamos y no hay pena de muerte
Mira si a la final la historia era otra y al loco lo mataron porque si
O el tipo se rindio y lo mataron igual
Enviado desde SAN JUSTO ES DEL CICLON
Es la gran tristeza que tengo. Confío en que un día se aplique, no puedo creer la importancia que le dan al resultado. Como te dije antes, muchos fundan el dolo en el hecho de "tener el muerto ahi". Es increible. Donde estudiaste Derecho?
el que roba tiene que morir
Muchos grises que no quedan claros. Al pedo dar una opinión con una nota de mierda
Te entiendo y robar me parece tan repudiable como a vos, no estoy justificando a nadie, ni soy chorro. Uno de los requisitos fundamentales de la legitima defensa es utilizar el medio menos lesivo para evitar el delito, te parece que este es el medio menos lesivo? Es claramente un exceso y eso es lo que marco.
Te lo pregunto sin chicana, de verdad me interesa tu "opinión legal":Ari, yo de legal 0, pero entiendo que si tenes un fierro sabes tirar, supongo que lo haces para herirlo y no para matarlo.
Yo tengo una 9mm, entra un chorro a mi casa, yo no se si tiene una 45, una 22 de juguete o un destornillador, pienso en la seguridad de mi familia y de una le pego un tiro en el pecho.
Como puedo saber yo, que me siento atacado y mi familia esta en riesgo, que en ese momento la adrenalina y los nervios me llevan al limite, si estoy utilizando el medio menos lesivo para evitar el delito???
Te lo pregunto sin chicana, de verdad me interesa tu "opinión legal":
Yo tengo una 9mm, entra un chorro a mi casa, yo no se si tiene una 45, una 22 de juguete o un destornillador, pienso en la seguridad de mi familia y de una le pego un tiro en el pecho.
Como puedo saber yo, que me siento atacado y mi familia esta en riesgo, que en ese momento la adrenalina y los nervios me llevan al limite, si estoy utilizando el medio menos lesivo para evitar el delito???
Ariel, la cuestión cambia radicalmente si el ladrón tiene un arma de juguete o un arma de verdad y sobretodo cambia en lo que vos te representes. Actuarás en legítima defensa siempre y cuando la agresión del maleante a vos o a un tercero (la legítima defensa es válida para terceros) sea inminente, actual o subsistente (inminente: le estan apuntando a alguien de tu familia. Todavía no hay disparo, no hay daño al bien jurídico tutelado. Subsistente: están golpeando a alguien de tu familia. El bien jurídico ya comenzó a dañarse). El requisito de "medio menos lesivo" implica que, en caso que vos puedas elegir, tendrás que optar por el medio que causa el menor daño posible. Por ejemplo: tenes un cuchillo y un arma, ambos disponibles y utilizas el arma. La cuestión se circunscribe a cada caso concreto, no pueden establecerse parámetros objetivos. Por ejemplo: A es un excelente cazador, sabe como dominar el cuchillo y en qué lugar provocar una puntada mortal. En cambio, de armas no sabe nada. En ese caso es dudoso establecer que el cuchillo sea el medio menos lesivo.Me hiciste acordar al caso del corredor con piernas ortopédicas sudafricano pistorius creo
La cuestión de la elección del medio menos lesivo debe decidirse en el momento en que el bien jurídico que vos pretendes defender corra peligro. No podes darte el lujo de decirle al ladrón: "bancame que voy a buscar un cuchillo porque es el medio menos lesivo". Imaginate la situación que me planteas, en el mismo lugar tenes un palo de golf y un cuchillo, a la misma distancia. En ese caso es claro que tenes que optar por el palo de golf. Ese es un poco el foco de la cuestión.
Imaginemos ahora que el ladrón tenía un arma de juguete o no tenía armas o, es más, ni siquiera te iba a robar. Era un grupo de amigos que se decidió a hacerte una joda (estudie un caso asi). En ese caso, NO existiría una circunstancia OBJETIVA (en el mundo real) que justifique tu legítima defensa. Sin embargo, EN TU REPRESENTACIÓN (en tu cabeza) si existe. Vos no sabías que eran tus amigos, vos te representaste que te iban a robar y actuaste convencido de que actuabas en legítima defensa. En ese caso, la doctrina mayoritaria argentina te condenaría por homicidio (o lesiones, depende lo que le causes al falso ladrón). Suena rídiculo desde todo punto de vista. Por eso dije antes que es preferible focalizarse en el disvalor de acción, no en el disvalor de resultado. El disvalor de resultado, en este caso, está presente. El resultado es disvalioso. Sin embargo, tu acción no es disvaliosa porque según tu representación (que, para mi teoría, es lo único que importa) vos actuabas en legítima defensa.
El tema es apasionante realmente. Espero haberte aclarado un poco 1:
Un aplauso, se lo tiene merecido.Para el asador.
Ariel, la cuestión cambia radicalmente si el ladrón tiene un arma de juguete o un arma de verdad y sobretodo cambia en lo que vos te representes. Actuarás en legítima defensa siempre y cuando la agresión del maleante a vos o a un tercero (la legítima defensa es válida para terceros) sea inminente, actual o subsistente (inminente: le estan apuntando a alguien de tu familia. Todavía no hay disparo, no hay daño al bien jurídico tutelado. Subsistente: están golpeando a alguien de tu familia. El bien jurídico ya comenzó a dañarse). El requisito de "medio menos lesivo" implica que, en caso que vos puedas elegir, tendrás que optar por el medio que causa el menor daño posible. Por ejemplo: tenes un cuchillo y un arma, ambos disponibles y utilizas el arma. La cuestión se circunscribe a cada caso concreto, no pueden establecerse parámetros objetivos. Por ejemplo: A es un excelente cazador, sabe como dominar el cuchillo y en qué lugar provocar una puntada mortal. En cambio, de armas no sabe nada. En ese caso es dudoso establecer que el cuchillo sea el medio menos lesivo.
La cuestión de la elección del medio menos lesivo debe decidirse en el momento en que el bien jurídico que vos pretendes defender corra peligro. No podes darte el lujo de decirle al ladrón: "bancame que voy a buscar un cuchillo porque es el medio menos lesivo". Imaginate la situación que me planteas, en el mismo lugar tenes un palo de golf y un cuchillo, a la misma distancia. En ese caso es claro que tenes que optar por el palo de golf. Ese es un poco el foco de la cuestión.
Imaginemos ahora que el ladrón tenía un arma de juguete o no tenía armas o, es más, ni siquiera te iba a robar. Era un grupo de amigos que se decidió a hacerte una joda (estudie un caso asi). En ese caso, NO existiría una circunstancia OBJETIVA (en el mundo real) que justifique tu legítima defensa. Sin embargo, EN TU REPRESENTACIÓN (en tu cabeza) si existe. Vos no sabías que eran tus amigos, vos te representaste que te iban a robar y actuaste convencido de que actuabas en legítima defensa. En ese caso, la doctrina mayoritaria argentina te condenaría por homicidio (o lesiones, depende lo que le causes al falso ladrón). Suena rídiculo desde todo punto de vista. Por eso dije antes que es preferible focalizarse en el disvalor de acción, no en el disvalor de resultado. El disvalor de resultado, en este caso, está presente. El resultado es disvalioso. Sin embargo, tu acción no es disvaliosa porque según tu representación (que, para mi teoría, es lo único que importa) vos actuabas en legítima defensa.
El tema es apasionante realmente. Espero haberte aclarado un poco :thumbup1:
Realmente es apasionante!! gracias por tomarte el laburo de semejante respuesta!!
Yo cuando hice el curso original del manejo de armas y posterior licencia de legitimo usuario, siempre te decían "si te entran a robar, vos apunta a matar, el chorro no duda; después los policías, abogados y jueces ven la forma de cubrirte y como la dibujan" :scared:
Lamentablemente es asi como vos decis. Se le da muy poco espacio al estudio de la Teoria del Delito. La mayoria de los casos se resuelven con cuestiones procesales (a mi gusto son mas aburridas que las reglas del ludo) o de criminologia. El Derecho Penal de fondo no es utilizado para fundamentar ninguna sentencia, aunque debería ser lo principal. El Derecho Procesal Penal, dicho de alguna manera, debería ser el marco y la teoría del delito el contenido. No en vano Julio Maier (el mayor exponente del DPP Argentino) dice que el Derecho Procesal es la "sirvienta" del Derecho Penal. Sirvienta en sentido de "servir", de "acompañar", pero nunca de reemplazar.brian, pregunta, sos abogado no?
brian, pregunta, sos abogado no?
en todos los casos que has estudiado, te ha tocado alguno cercano? algun caso de un compañero profesor? que le pasara legitima defensa, o algo asi, y que "LO IDEAL" sea superado por "LA REALIDAD" como exponias recien diciendo "Que para uno, en su cabeza, hay riesgo de su integridad o de su familia".-
creo que pocos actuarian con la cabeza fria en ese momento.
estas muuy equivocado. si no tuviera esa pistola el rey de Inglaterra podria entrar aqui cuando el quisiera y ordenarnos lo que quisiera. quieres eso? ehh? o que?
Enviado desde SAN JUSTO ES DEL CICLON
es una risa lo del acto menos lesivo para defenderse en una situacion de robo, te vienen a robar con un cuchillo y yo agarro lo primero que tengo para defenderme como sea, no voy a pensar "ah no, si agarro la escopeta me corresponde el codigo tanto...." como siempre la teoria esta desconectada de la realidad... Sistema hecho para estar en falta siempre...aca tambien, lo que pasa es que hay que ver de donde tiro
Si no tenia mal entendido en EEUU si entran violan la propiedad privada de una persona (robo) el dueño del hogar tiene via libre para defenderse de la manera que crea correcta.
aca tambien, lo que pasa es que hay que ver de donde tiroY que pasa si escucho un ruido, agarro mi arma y cuando veo al chorro armado esta de espaldas?
en propiedad privada te podes defender siempre y cuando al tipo le des de frente
yo tengo 2 casos de conocidos que le tiraron a uno (cada uno),
uno le quiso entrar por el techo, cuando lo vio con un cortacandados tratando de romperle la reja del patio para entrarle, le tiro un tiro al aire, el tipo no aflojo, le revoleo el cortacandado por la ventanita de donde tiro, entonces este le puso 1 tiro en el estomago (y murio porque es el calibre que se le va para todos lados)
y otro fue en el jardin de la casa
con tanta mala leche que le tiro en un muslo, el tipo se acalambro por el balaso, callo a la pileta y murio ahogado
ambos fueron considerados en legitima defensa, no estuvieron ni un dia adentro (salvo la primera noche detenidos para averiguar)
no pusieron 1 mango
por eso siempre digo, de frente, nunca a traicion
aca tambien, lo que pasa es que hay que ver de donde tiro
en propiedad privada te podes defender siempre y cuando al tipo le des de frente
yo tengo 2 casos de conocidos que le tiraron a uno (cada uno),
uno le quiso entrar por el techo, cuando lo vio con un cortacandados tratando de romperle la reja del patio para entrarle, le tiro un tiro al aire, el tipo no aflojo, le revoleo el cortacandado por la ventanita de donde tiro, entonces este le puso 1 tiro en el estomago (y murio porque es el calibre que se le va para todos lados)
y otro fue en el jardin de la casa
con tanta mala leche que le tiro en un muslo, el tipo se acalambro por el balaso, callo a la pileta y murio ahogado
ambos fueron considerados en legitima defensa, no estuvieron ni un dia adentro (salvo la primera noche detenidos para averiguar)
no pusieron 1 mango
por eso siempre digo, de frente, nunca a traicion
Y que pasa si escucho un ruido, agarro mi arma y cuando veo al chorro armado esta de espaldas?
Enviado desde mi GT-I8260L mediante Tapatalk
Y que pasa si escucho un ruido, agarro mi arma y cuando veo al chorro armado esta de espaldas?No lo mates, pobresito, espera que el te pegue un tiro, y ahí despues cuando estes muerto pegale un tiro en legitima defensa, pero siempre que este frente a vos, si esta de espalda no, porque pobre pibe :desac:
Enviado desde mi GT-I8260L mediante Tapatalk
si es con chumbo, siempre de frente, si das voz de aviso y se pudre, llenalo de plomo, tampoco te tenes que acercar a lo arnold y ponerle un tiro en la frente para rematarlo, son 2 -3 tiros y dejarlo ahi tirado
generalmente la bala reglamentaria NO MATA, deja sangrando (ojo, al poco tiempo te fulmina por dentro)
cuando hacen el peritaje ellos saben si lo quisiste matar o no, si le pegaste en el abdomen o en la narpie y la bala despues hizo camino, mala leche
ahora si le pegaste en el bocho van a determinar la trayectoria de bala , al fin y al cabo si entro muy recto es porque sos tirador profesional, o tuviste un ogt tremendo, en el 2do caso (Del ogt) no pasa nada, en el primer caso, si tenes portacion, horas de tiro (todo se averigua) etc, estas al horno, porque lo tiraste a matar
es muy complicado, cada caso es un templo, lo unico que coinciden es no rematarlo y no tirar de espalda
con el tema de las armas blancas es jodido, no tengo idea ahi como son los casos, calculo que puede aplicar estado de shock o conmocion (te entraron a afanar, encañonaron a tus hijos, y lo agaraste de atras con el cuchillo de rambo y le sacaste media espalda)
Si lo mismo que relatas abajo, sucediera y yo tengo un arma, le pego un corchazo en el medio de la espalda!!
Ejemplo: al chorro lo tengo de espaldas pero veo que esta con un cuchillo en la mano atacando a mi familia, es la vida del chorro o de mi hijo : lo dejo con mas agujeros que paleta de padel!!
por supuesto, pero se refiere a que no le tires cuando el tipo se esta escapando y ya no representa ningun peligro para vos o tu familia
Es un tema muy complejo los que dicen siempre tirarle de frente.
Esta situación:
Entra un ladrón armado a tu casa, te ve, lo ves y empieza a escapar, se da vuelta y apunta a dispararte pero no dispara, lo agarrás de atrás y lo matas con 2 tiros en la espalda. ¿Que pasa?.
lo que me queda la duda es, si el tipo acaba de herir (siempre suponiendo ya que uno no sabe si lo mata) a uno de tu familia, con un disparo o un golpe, y el tipo emprende escapada hacia la puerta despues de cometer el choreo, si le pongo un balazo en la espalda por ver a mi familiar bañado en sangre tirado, que onda?? eso cuenta como defensa? o en realidad ya NO REPRESENTABA PELIGRO?
Se puede aplicar que no estabas en tu sano juicio (no me acuerdo el termino especifico) cuando tiraste
Te puedo llenar cien paginas explicandote porque se le podría aplicar la pena equivalente al tipo consumado, basandome en autores y doctrina alemana pero es demasiado. Te recomiendo repasar con más detalle toda la teoría del delito y sus alcances.
Lamentablemente es asi como vos decis. Se le da muy poco espacio al estudio de la Teoria del Delito. La mayoria de los casos se resuelven con cuestiones procesales (a mi gusto son mas aburridas que las reglas del ludo) o de criminologia. El Derecho Penal de fondo no es utilizado para fundamentar ninguna sentencia, aunque debería ser lo principal. El Derecho Procesal Penal, dicho de alguna manera, debería ser el marco y la teoría del delito el contenido. No en vano Julio Maier (el mayor exponente del DPP Argentino) dice que el Derecho Procesal es la "sirvienta" del Derecho Penal. Sirvienta en sentido de "servir", de "acompañar", pero nunca de reemplazar.
¿A quien carajo le importa la teoría del delito y toda esa sarta de mierdas? Se defendió de que lo robaran y se merece todos mis aplausos. Si se excedio bueno, se excedio ¿Que problema hay?
jajaj por fin alguien que dice la posta loco!
La posta? dijo un monton de boludeces
La posta? dijo un monton de boludeces
Que vos no estes de acuerdo no quiere decir que sean boludeces.
Este foro tiene esa puta costumbre de que si la opinion del otro no es como la tuya... Son boludeces, pelotudeces, sos tilingo, facho, sos planero, sos una novia de bauza, sos un amante boludo del futbol champagne, y se puede seguir.
Hay que cambiar las leyes. No justicia propia, pero tampoco que entre y salga por la otra puerta para volverte a afanar, es una invitación a delinquir. Aun y todo tratando de comprender que circunstancia lleva a un tipo a salir con un bufo, digo comprender, no justificar
Hay que hacer una reforma de fondo de los principios del código penal, pero nadie dice nada, asique bueno, seguiremos viviendo con los resabios coloniales.
¿A quien carajo le importa la teoría del delito y toda esa sarta de mierdas? Se defendió de que lo robaran y se merece todos mis aplausos. Si se excedio bueno, se excedio ¿Que problema hay?
Lamentablemente? Esta perfecto que te cubran? Todavia que te entran a robar vos venis a ser el culpable?
Tu punto de vista es demasiado básico y limitado. La teoría del delito es un metodo de estudio que permite "filtrar" una determinada conducta (acción u omisión) por 4 filtros para determinar si hay un delito o no. Si luego de esos 4 pasos obtenemos un delito, la persona será penada respetando las reglas procesales.
El autor merecerá todos tus aplausos y toda tu ovación, pero es responsable de exceso en la legítima defensa, prevista en el artículo 35 del Código Penal. Se los cito: ARTICULO 35.- El que hubiere excedido los límites impuestos por la Ley, por la autoridad o por la necesidad, será castigado con la pena fijada para el delito por culpa o imprudencia.
La frase culpa o imprudencia significa "sin dolo". Entonces no sería penado por homicidio simple, sino por homicidio imprudente (mal llamado "culposo") previsto en el artículo 84.
Sera basico, pero mi punto de vista tiene sentido comun, cosa que las leyes y los que la defienden no lo tienen. El exceso de legitima defensa se da por que estas podrido y por que vos le queres dar. Es sencillo, sera basico pero a veces hay que remitirse a lo sencillo, y no llegar a ser como el hijo de un millon de putas de saffaroni, que tiene libros escritos, es muy intelectualoide pero termino liberando un monton de asesinos, todas esas teorias baratas se caen a la mierda cuando alguien reincide.
Por otra parte ahora de la ignorancia, te pregunto ¿En que hicieron un desastre las leyes bloomberg? por que he estado leyendo varias cosas y me parecen realmente buenas, encima quedo mucho por hacer pero son leyes mas duras que castigan a quien deben, agravo penas a violaciones y secuestros. Blumberg es un tipo que merece mi aplauso.
Respecto a Zaffaroni, creo que es un jurista de la puta madre. Sin embargo, desde que se politizó es un verdadero desastre. Tenes razón, en parte, en tu comentario. Ademas, en lo estrictamente doctrinario, no coincido en su visión resultatista de la teoria del delito.tenia prostibulos y le bajo la condena a un violador porque "si hay oscuridad no hay abuso sexual" :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
Respecto a las leyes Blumberg, fueron una serie de leyes que modificaron el Código Penal. El problema es que fueron para el caso concreto, para la ocasión, para el apuro. No fueron estudiadas con profundidad. El problema que tenemos en Derecho es que una ley nueva repercute sobre todo el ordenamiento jurídico y genera, quizás, algunos desequilibrios. En mi anterior comentario explique la diferencia entre concurso real e ideal y las diferentes consecuencias penales que trae aparejado uno y otro. Fijate el ejemplo y te va a quedar mas claro. La penalización del concurso real (dos o mas hechos independientes) se modificó debido a la ley blumberg en 2004, generando el desequilibrio que explico arriba.
Respecto a Juan Carlos Blumberg, es una persona que no merece el más mínimo respeto. Lamento profundamente la muerte de su hijo, creo que es una clara muestra de la inseguridad reinante en nuestro pais. Sin embargo, utilizar un título de ingeniero que no le corresponde, mentir descaradamente respecto a sus estudios y utilizar la cobertura mediatica para ser candidato a gobernador de la provincia de Buenos Aires (cuando se cansó de decir que lo suyo no era una "cuestión política"), lo hacen una persona poco creible y que para mi, no merece ninguna consideración.
Respecto a Zaffaroni, creo que es un jurista de la puta madre. Sin embargo, desde que se politizó es un verdadero desastre. Tenes razón, en parte, en tu comentario. Ademas, en lo estrictamente doctrinario, no coincido en su visión resultatista de la teoria del delito.
Respecto a las leyes Blumberg, fueron una serie de leyes que modificaron el Código Penal. El problema es que fueron para el caso concreto, para la ocasión, para el apuro. No fueron estudiadas con profundidad. El problema que tenemos en Derecho es que una ley nueva repercute sobre todo el ordenamiento jurídico y genera, quizás, algunos desequilibrios. En mi anterior comentario explique la diferencia entre concurso real e ideal y las diferentes consecuencias penales que trae aparejado uno y otro. Fijate el ejemplo y te va a quedar mas claro. La penalización del concurso real (dos o mas hechos independientes) se modificó debido a la ley blumberg en 2004, generando el desequilibrio que explico arriba.
Respecto a Juan Carlos Blumberg, es una persona que no merece el más mínimo respeto. Lamento profundamente la muerte de su hijo, creo que es una clara muestra de la inseguridad reinante en nuestro pais. Sin embargo, utilizar un título de ingeniero que no le corresponde, mentir descaradamente respecto a sus estudios y utilizar la cobertura mediatica para ser candidato a gobernador de la provincia de Buenos Aires (cuando se cansó de decir que lo suyo no era una "cuestión política"), lo hacen una persona poco creible y que para mi, no merece ninguna consideración.
tenia prostibulos y le bajo la condena a un violador porque "si hay oscuridad no hay abuso sexual" :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
si ese es un jurista de la puta madre no quiero saber como seran los demas :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
el problema de esta gente es que son todos teorias y postulados escritos en el extranjero. cobran sueldo de privilegio tienen custodia ellos y la familia viven un una nube de pedos ni se enteran que pasa.
Por eso fue un boludo, pero me importa mas su lucha.
yo quisiera saber cuantos moralistas y defensores de la ley,siguen opinando igual el dia que les pase algo así.
Hay que hacer una reforma de fondo de los principios del código penal, pero nadie dice nada, asique bueno, seguiremos viviendo con los resabios coloniales.
Aplicar correctamente el Derecho Penal es ser chorro? Sos un ridiculo.
En ese aspecto para mi la forma en que está puesta la constitución es un grave error.
Tipo que entra a propiedad privada vos tendrias el derecho de bajarlo, y se acabo. ¿Muy bruto y básico mi pensamiento? y puede ser.. pero, a mi ya me intentaron meterse a mi casa 3 veces, tuve la fortuna que en ningún caso se lograron meter, pero yo ya estaba con una cuchilla esperandolos sin que me importe nada. ¿Quien iba preso si los mataba?.
La gente no se anda metiendo en propiedad privada así no mas. Puede pasar quizás algún quilombo en los campos cuando no está bien limitados los terrenos, pero a mi juicio es la mejor solución. Y se acaba toda la pelotudez de "demostrar la legitima defensa".
Tal cual ... mucho estudio mucha teoria del delito y mucho librito pero con un poquito mas de sentido comun se solucionarian taaaaantas cosas
Que ridiculez matar a alguien en esas circunstancias, siendo 13 contra 2. Cobardes y cagones, deberian ir en cana por exceso en la legitima defensa. El que se salvo, en cana por robo consumado.
Que se chupen una pija los que defienden al chorro. Están entrando a robar A TU CASA, entraron a tu propiedad privada, donde estás comiendo con tu familia. Quiero ver si entra un chorrito a sus casas mientras están con su madre, hermana, hija, o familiares, y esperar a que él mate a alguna de ellas porque "quieren respetar las leyes del Código Penal". Caretas.
Uno menos.