Es el fin que dicta la ley de ejecución penal y por sobre todo la CN, todo lo demás está por fuera. Debes saberlo me imagino
Hablo desde una perspectiva criminologica, no tanto juridica. Concepciones historicas y algunas con cierto caracter filosofico. O sea, la teoria en su maximo esplendor.
El aspecto preventivo de la pena es una teoria dinosaurio. No es real el aspecto preventivo. Un tipo puede pasarse 20 años salir y volver a matar, o no. Incluso puede matar estando dentro de la carcel, o no. Ademas tambien está demostrado que dar una pena no previene que otras personas no maten por miedo a....
La justificacion filosofica de la pena hoy en dia pasa por otro lado.
Como el otro usuario te comento, yo tambien creo que te enfocas mas en el temor que puede infundir el "castigo" impuesto en montos de prision o reclusion, en lugar de tener en consideracion que (en determinados casos) a las penas se le pueden incluir medidas educativas, curativas o eliminatorias, las que actuan como recursos adicionales a la pena y que, en conjunto, puedan producir una suerte de efecto preventivo para futuros delitos o en casos de reincidencia.