Esto es posta? A fin de cuentas la decision la termina tomando un juez que puede llegar a tener la cultura musical de una hormiga?
Cuando registrás un tema tiene 2 lugares:
1- los Registros de propiedad Intelectual - allí dejás un audio, partitura o registro de cualquier tipo, que queda sellado o lacrado, y cada tantos años renovás el depósito.
Si en algún momento surge un juicio, la justicia solicita ese paquete cerrado, lo abre y el juez determina si son similares o no las obras en litigio.
Algunos jueces, cuando hay multinacionales en el reclamo, mandan a peritar las obras y contratan a algún "experto" (músico) para que de su opinión.
2- Las sociedades de autores y compositores de cada país (SADAIC en argentina) son las que, a través de los "editores musicales", reclaman los Derechos y aportan pruebas